¿Cómo depositar la fianza de un alquiler en Madrid?

Si te preguntas cómo depositar la fianza de tu alquiler en Madrid es seguramente porque a estas alturas ya has fijado el alquiler de tu propiedad y el siguiente paso es ingresar el dinero de la fianza.  Ya sabrás que la fianza es la cuantía que el inquilino entrega al propietario para garantizar el cumplimiento de las condiciones establecidas en cualquiera de los diferentes tipos de contrato de alquiler.


Si estás en proceso de alquilar una vivienda en la capital española y no sabes cómo depositar la fianza de alquiler en Madrid, en este artículo te explicamos todo lo que necesitas saber para realizar este trámite. 

Cómo y dónde depositar la fianza de alquiler en Madrid

El depósito de fianza de alquiler en Madrid se hace en la Agencia de Vivienda Social, anteriormente conocida como el Instituto de Vivienda de Madrid (IVIMA), y se trata de un trámite que deben llevar a cabo los propietarios de los inmuebles, tanto urbanos como industriales. También deben hacerlo las empresas que suministran servicios como el agua o el gas, entre otras prestaciones básicas, aunque en este artículo nos centraremos en los propietarios únicamente. 

En Madrid hay dos tipos de sistemas de depósito de fianza de alquiler: el régimen general y el régimen especial concertado. En ambos casos, los trámites pueden realizarse de forma telemática en la página web de la Comunidad de Madrid, en la sección de viviendas y siguiendo los pasos que encontrarás dentro del apartado “Fianzas de Arrendamiento”

En este artículo, nos centramos en el régimen general, ya que como persona física es la vía que tendrás que seguir para depositar la fianza en la Comunidad de Madrid. A través de este sistema, también conocido como régimen ordinario, como propietario deberás depositar la fianza en la Agencia de Vivienda Social, el antiguo Instituto de Vivienda de Madrid (IVIMA) durante los 30 primeros días tras la formalización del contrato de alquiler. 

¿Cuánto hay que dar de fianza de alquiler en Madrid?

La cuantía de la fianza se establece de forma específica y depende mucho del tipo de contrato de alquiler que vayamos a firmar con nuestro inquilino. En la Comunidad de Madrid se hace según estos tres tipos: 

  • En la gran mayoría de los contratos de alquiler de vivienda de uso habitual, es decir, los contratos de vivienda entre propietario e inquilino de larga duración, el pago de la fianza corresponde a una mensualidad.
  • En inmuebles de uso distinto a la vivienda, la fianza de alquiler es de dos mensualidades. Aquí se incluyen los contratos de alquiler temporal o para desarrollar actividades comerciales, culturales, industriales, etc. 
  • En las viviendas subarrendadas, donde el inquilino, que tiene un contrato de alquiler con un propietario, alquila el inmueble a una tercera persona (de forma parcial o total), también se tienen que abonar dos mensualidades

Una vez depositada la fianza de alquiler, el propietario debe enviar al inquilino una copia del modelo 806 que acredite el trámite. Con este documento, el alquilado puede declarar la cuantía de la fianza de alquiler en la renta y obtener las deducciones de las cantidades pagadas. 

¿Qué pasa si no se deposita la fianza de un alquiler en la Comunidad de Madrid?

Como hemos visto, depositar la fianza de alquiler es un trámite de obligado cumplimiento para los propietarios. De hecho, en un contrato de alquiler debe venir especificada la cuantía de la fianza acorde con la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), incluso si se trata de un modelo de contrato de alquiler de una vivienda de uso temporal. 

Entonces, ¿qué ocurre si no se deposita la fianza en el IVIMA? En el caso de que el propietario no realice este trámite en los 30 días posteriores desde la fecha de celebración del contrato, se enfrentará a un recargo del 2% o del 5% si transcurre más de un año. En este sentido, la multa por no depositar la fianza de alquiler en Madrid puede oscilar de los 6.000 euros hasta los 90.000 euros en el caso de infracciones graves. 

¿Cómo solicitar la devolución de la fianza en la Comunidad de Madrid?

El trámite para recuperar la fianza de alquiler en la Comunidad de Madrid se realiza justo después de finalizar el contrato de alquiler. Se puede hacer a través de: 

  • La Agencia de Vivienda Social
  • De forma telemática 
  • O en una red de oficinas de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de entidades locales, en las oficinas de Correos y en las representaciones consulares de España en el extranjero.

Para efectuar el trámite se debe entregar el resguardo de depósito de la fianza de alquiler y el número de identidad del inquilino. La solicitud se hará a partir de la finalización del contrato de arrendamiento, teniendo un plazo máximo de cinco años para obtener la devolución de la fianza. Transcurrido ese tiempo, el derecho a acceder a la fianza habrá prescrito y no se podrá reclamar. 

Uno de los beneficios de que Masteos gestione el alquiler de tu vivienda es que nuestros equipos se encargan de gestionar tanto el depósito como la devolución de la fianza para que tú no tengas que encargarte de nada. 

Tutorial: cómo hacer el depósito de la fianza de alquiler en el IVIMA paso a paso 

Para que puedas hacerte una idea más práctica del procedimiento a seguir, a continuación, te dejamos un breve tutorial de cómo depositar la fianza de alquiler en el IVIMA (actualmente la Agencia de Vivienda Social). Así podrás realizar el trámite online de forma rápida y sencilla. 

Para depositar la fianza de alquiler deberás acceder a la página web de la Comunidad de Madrid y dentro del apartado de viviendas, a través de “Fianzas de Arrendamiento”, sigue estos pasos: 

Rellenar el "Modelo 251 - depósito de fianzas" del régimen general de la Comunidad de Madrid

  1. Autoliquidación. Rellena el formulario online con los datos solicitados.

Procedimiento para depositar la fianza de un alquiler en la Comunidad de Madrid

  1. Ingreso. Después de rellenar el formulario de autoliquidación accederás a la pasarela de pago para efectuar el ingreso de la fianza de alquiler. 
  2. Presentación. Una vez tramitado el ingreso, podrás descargar el justificante del pago de la fianza de alquiler. No será necesario que envíes este documento a la Agencia de Vivienda Social, simplemente podrás conservarlo como resguardo que valide el depósito del dinero ingresado. 

En conclusión, efectuar el depósito de alquiler en la Comunidad de Madrid es obligatorio y corre a cargo de los propietarios. La cuantía dependerá del tipo de arrendamiento y del uso que se le dé a la vivienda. El procedimiento se puede hacer de forma telemática, así como los trámites relacionados con la actualización o la devolución de fianzas de alquiler. 

Como ves, es un procedimiento bastante rápido y sencillo. De todos modos, si no dispones de tiempo suficiente o necesitas asesoramiento sobre estos trámites, en Masteos podemos ayudarte con este y otros procesos relacionados con la gestión de contratos de arrendamiento. 

Y tú, ¿todavía tienes dudas sobre cómo hacer el depósito de la fianza de tu vivienda de alquiler en Madrid? 


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